Maikel Hernández: Comparando el sector legal británico y español

 

“Maikel es un joven de Arrasate apasionado del derecho, con ganas de aprender y al que le gustan los retos. Su facilidad de palabra y capacidad empática lo hicieron Abogado, haciendo que sea muy sencillo llegar a un entendimiento con él.”

 Así se describe Maikel Hernández a si mismo, una descripción que, en mi opinión, no le hace justicia porque se queda muy corta; Maikel es un profesional del derecho, de los de nuevo cuño, con una energía especial, que sabe transmitir muy bien. Sabe que el futuro pasa por adquirir competencias y habilidades más allá del conocimiento de las leyes. Prueba de ello, la forma en la que nos conocimos: me contactó por Linkedin (aquí tenéis acceso a su perfil) Se siente cómodo con las nuevas tecnologías, y sabe usarlas para dirigir su carrera.

Recién llegado de Londres, ha aprovechado los 8 últimos meses colaborando con Freshfields Bruckhaus Deringer y con Clyde & Co LLP. De vuelta en casa, sus planes inmediatos ya están encauzados. Con toda probabilidad, en Septiembre entrará a formar parte de un despacho que le ofrece dos activos que él considera esenciales “aprender mucho, y grandes posibilidades de crecer dentro de la firma”

Si le preguntáis por cómo se ve dentro de 5 años, os dirá que sin duda, en “proyectos que me supongan un reto personal y profesional, entre los cuales podría figurar el fundar y dirigir mi propia firma legal” En cuanto a su reciente paso por la City:

 “Las valoraciones se hacen con mayor objetividad una vez que ha transcurrido un tiempo prudencial, pero en este caso puedo asegurar que ha sido una experiencia única e inigualable, sin lugar a la duda. No es fácil acceder al sector legal de una jurisdicción en la cual uno no está cualificado, especialmente si esa jurisdicción forma parte del Common Law, por lo que me siento un privilegiado.”

 A continuación, os dejo algunas reflexiones de Maikel acerca del mercado legal inglés, el español, y sus apreciaciones respecto al futuro del sector. Solo os diré que ha sido un placer que las comparta conmigo, y estoy seguro de que –al igual que yo- encontraréis sus ideas muy ilustradoras e interesantes.

 

Clyde & Co y Freshfield Bruckhaus Deringer.

«Mi primera experiencia fue en Clyde & Co. Colaboré con el departamento de Seguros y Reaseguros en los sectores Marítimo, Construcción, Minería y Energía. Accedí a través de la BECA Global Training emitidas por el Gobierno Vasco y, en mi caso particular, la entidad encargada de la gestión de la citada beca y que disponía del acuerdo con Clyde & Co, fue la Universidad del País Vasco. Tras superar las pruebas de inglés y entrevista personal, se me concedió la BECA de 6 meses de duración.

En cuanto a la segunda oportunidad, la obtuve de forma muy diferente. Contacté a través de la red profesional LinkedIn con reclutadores/as de diferentes agencias de reclutamiento legal, explicándoles mi situación y objetivos, y tras realizar diferentes entrevistas y estar inmerso en otros procesos, surgió la posibilidad de colaborar como Paralegal con una de las firmas del “Magic Circle”, Freshfields Bruckahus Deringer.»

 

Las diferencias entre el sector legal británico y el español.

«Son dos tradiciones jurídicas con muchas diferencias y al mismo tiempo con mucho en común, por paradójico que parezca, pero me atrevería a decir que la primera nota distintiva radica en la formación del profesional, es decir, en el proceso para cualificarse como abogado.

La formación del Abogado en el sistema anglosajón tiene un marcado carácter práctico. Trata de fomentar las skills, es decir, las aptitudes del profesional, dejando los conocimientos de la ley positiva en un segundo plano. Por el contrario, el sistema español peca de ser excesivamente teórico, y no es que lo diga yo, si no que viene siendo una reiterada crítica por parte de profesionales de reconocido prestigio en el sector legal español.

La segunda diferencia que he podido apreciar se refiere a la relación entre los profesionales de la Firma y la forma en la que estructuran los grupos de trabajo. Como es comprensible, existe una definida jerarquización entre los diferentes miembros de un equipo, pero esa superioridad en rango no es más que un punto de partida. La percepción que tenemos sobre la cultura inglesa es que se trata de personas frías y distantes en las relaciones personales/profesionales, pero lo cierto es que en el ámbito laboral son muy accesibles, indistintamente de la posición o cargo que ostenten. Trabajan mucho y muy bien el aspecto psicológico de los empleados, asegurándose de que se sientan cómodos e importantes dentro de la Firma. Probablemente ello se deba a la importancia que adquiere el “coaching”, la gestión del conocimiento y el factor humano de la Compañía, métodos todos ellos que si bien no son nuevos, parece que es en los últimos años durante los cuales han adquirido mayor relevancia.

Por último, cabe resaltar el modo en el que identifican potenciales clientes y cómo se relacionan con ellos. Tanto Firmas de Abogados, Sociedades, como Instituciones (Law Society, Solicitors Regulation Authority, etc.) organizan infinidad de eventos bien para poner en contacto por primera vez a partes con intereses comunes, bien para impulsar relaciones comerciales ya existentes. Igualmente y con el mismo propósito, las mismas Firmas de Abogados, llevan a cabo actividades lúdicas (partidos de fútbol, rugby, o excursiones, por poner un ejemplo) de modo que trabajan la relación personal con el cliente.

Especial mención merece la figura del “Secondment”, mediante la cual fomentan el intercambio de empleados, me explico: cabría la posibilidad de que un empleado de una Aseguradora pueda estar colaborando por un tiempo en una Firma de Abogados, de la cual la Asegurado es cliente, y al mismo tiempo abogados de la Firma en cuestión colaborando con la Asegurado, de tal modo que ambas partes adquieren un conocimiento mayor y más exhaustivo de la filosofía y forma de trabajar de cada una, y del sector en el que el cliente lleva a cabo su actividad, lo que deriva en mayor capacidad para anticiparse e identificar los problemas y necesidades de cada uno.»

 

¿Es más competitivo el mercado legal británico?

«En mi humilde opinión, para poder valorar la competitividad de un mercado , deberíamos de tener en consideración diferentes factores como bien pueden ser el “PIB” o la capacidad de generar negocio del mercado, por un lado, y el número de Abogados y/o Firmas Legales ejercientes en el mismo, por otro.

Sin ánimo de realizar un exhaustivo análisis económico de los dos países, cabe decir que el Producto Interior Bruto (PIB) español alcanza la cifra de 1.022.988€ cuando el PIB del Reino Unido asciende a la suma de 1.899.761€. Por lo que al número de ejercientes se refiere, en el Estado Español ejercen alrededor de 150.000 abogados mientras que en Inglaterra y Gales el número de los mismos profesionales tan sólo alcanza la cifra de 120.000.

A tenor de las cifras expuestas, resulta evidente que en el Reino Unido existe mayor volumen de negocio para menor cantidad de Abogados, por lo que entiendo que resulta menos complicado obtener clientes: el Abogado español, ante una operación o acuerdo ha de competir con un mayor número de abogados, y no sólo eso, sino que el número de operaciones que se llevan a cabo en el Reino Unido, especialmente en Londres, es mayor que las que se realizan en España.

Consecuentemente, no me aventuraría a afirmar que el mercado del Reino Unido sea más competitivo que el español.»

 

Marca personal y del despacho: ¿Nos llevan ventaja en el Reino Unido?

«Tal vez el abogado anglosajón no sea más competitivo que el español, pero decididamente, saben competir mucho mejor. No dejan margen a la probabilidad o a la casuística y tratan de controlar al máximo las probabilidades de cerrar un acuerdo o adquirir un cliente.

Para ello, cuidan minuciosamente la imagen que prospectan y a quien se dirigen: el cliente potencial. En esa empresa, la marca corporativa y/o personal resulta de vital importancia y, desde luego, que el Blogging es una herramienta mucho más que útil a tal fin.»

 

¿Son muy diferentes los abogados ingleses respecto a los españoles?

«Evidentemente, se trata de culturas con importantes diferencias entre ellas y eso se ve reflejado en la mentalidad de la gente, en como perciben e interpretan los hechos, en sus costumbres y demás rasgos que identifican a una sociedad y la abogacía no iba a ser menos.

En cualquier caso, en la era de la globalización todos tendemos a ceder y a adquirir estructuras de otros sistemas, por lo que podemos encontrar cada día más despachos de origen español que copian o disponen de modelos organizativos que se asemejan a las estructuras anglosajonas: la carrera profesional dentro de una firma (de Junior hasta Equity Partner), la facturación por horas, el “casual Friday”, por citar algunos de los modelos y tradiciones anglosajonas.»

 

¿Cuál es la percepción sobre el sector en España que tienen en el Reino Unido?

«Por una parte, tienen la errónea percepción de que el Abogado español no trabaja tantas horas como lo hace el inglés. La razón de ello es que consideran que disponen de demasiado tiempo para comer, alrededor de 2 horas, mientras que en Reino Unido suele ser entre 30 minutos y 1 hora.

Digo errónea porque lo que fallan a entender es que la jornada laboral se extiende más allá del horario oficial, por no mencionar que la duración del a misma es de 40 horas semanales mientras que la inglesa es de 35 horas semanales. Otra cuestión diferente es la productividad de las horas empleadas, pero entraríamos en una casuística difícil de analizar.

Por otra parte, existe la cuestión académica. Los 5 años de Licenciatura les resultan excesivos, si bien lo que realmente no conciben es la idea de no tener una preparación más específica como abogado: una cosa es estudiar Derecho y otra muy diferente es dedicarse a la Abogacía.

En cualquier caso, este asunto quedaría resuelto con el Nuevo Plan Bolonia y la implementación del Grado de 4 años y el Máster de Acceso a la Abogacía en detrimento de la antigua Licenciatura de 5 años.»

 

Los retos del sector legal en España.

«Entiendo que existen dos pilares sobre los que el sector legal español debería trabajar, ambos igualmente importantes.

El primero es la incorporación y el período de aprendizaje de los jóvenes abogados a las Firmas. Salvo casos puntuales y, en su mayoría, con Universidades Privadas, el contacto entre las Firmas de Abogados y las Universidad Públicas es prácticamente nulo. Se deberían de realizar mayor cantidad de eventos para que los futuros abogados conozcan ya desde los primeros años de carrera el funcionamiento de las firmas legales, la carrera dentro de las mismas, organización, y demás cuestiones que facilitarían la integración en la firma una vez cualificado como abogado. En este sentido, períodos de prácticas facilitarían tal labor, y no me refiero a los clásicos “practicums” que ya disponen las Universidades. Me refiero a programas como bien podrían ser los “vacation scheme” anglosajones, donde el estudiante colabora con una firma prácticamente como si fuera un abogado de primer año, lo que convierte el programa en una entrevista práctica de larga duración, toda vez que tales programas suelen alcanzar hasta los dos meses de duración.

El segundo reto que debería de afrontar el mercado legal español va ligado al papel que desempeñan los Colegios de Abogados, y tal vez una revisión y/o restructuración de la organización de los mismos podría ser beneficioso. Entiendo que los Colegios Profesionales deberían de ser más proactivos y comprometidos con las entidades que ofrecen servicios jurídicos, facilitando e impulsando relaciones y atrayendo potenciales clientes. Ejemplo de esto serían los eventos que organiza “The Law Society” británica durante los cuales diferentes agentes en disposición de ofrecer servicios legales se reúnen con potenciales clientes y sociedades, en los que es más fácil encontrar a la firma que mejor responderá a tus necesidades y el cliente al que mejor asesoramiento puedes ofrecer. En resumidas cuentas, se crea un Networking mucho más efectivo.»

 

Emprendimiento y sector legal.

«Emprender siempre es una buena opción, bien sea durante una situación de crisis bien en época de bonanza.

En cualquier caso, entiendo que el sector legal dispone de un pequeño hándicap en lo que a emprendimiento se refiere: un joven recién Licenciado/Graduado, no dispone ni de los conocimientos prácticos necesarios para el ejercicio de la profesión, ni de clientela para poder llevar adelante el proyecto.

Uno podría decir que estas dos cuestiones son inconvenientes que se actualmente ya se dan en cualquier otro sector, pero se han de tener en cuenta las limitaciones impuestas por el Reglamento de Publicidad aprobado por el Consejo General de la Abogacía, por lo que podríamos decir que un Abogado no está en igualdad de condiciones en términos de publicad frente a otros emprendedores.»